La Ley n.26 del 28 de febrero de 2026 convirtió en ley el Decreto-Ley n.200 del 31 de diciembre de 2025 y disupuso, entre otras modificaciones, la prórroga hasta el 31 de mayo de 2029 del plazo previsto por el artículo 1, apartado 1-ter, del Decreto-Ley n.36 del 28 de marzo de 2025.
Por lo tanto, las personas que no hubieran cumplido los 18 años de edad a la fecha del 24 de mayo de 2025 y que sean hijos de ciudadanos por nacimiento que se encuentren en las condiciones previstas en las letras a), a-bis) y b) del artículo 3-bis de la Ley n.º 91/1992, pueden adquirir la ciudadanía por beneficio de ley presentando la correspondiente declaración hasta el 31 de mayo de 2029 y ya no hasta el 31 de mayo de 2026.