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Elecciones políticas

ELECCIONES POLITICAS

Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero tienen derecho a votar para la elección de la Cámara de Diputados y del Senado de la República. Eligen a los 12 Diputados y a los 6 Senadores de la Circunscripción Exterior.

La misma se subdivide en 4 Distritos Electorales: a) Europa; b) América Meridional; c) América Septentrional y Central; d) Africa, Asia, Oceanía y Antártida.
En cada distrito se elige 1 Diputado y 1 Senador, mientras que los demás escaños se distribuyen proporcionalmente en base al número de ciudadanos italianos residentes. La República Argentina pertenece al Distrito Electoral América Meridional, donde en las elecciones parlamentarias de 2006 se eligieron 3 Diputados y 2 Senadores.

Los electores votan para la listas que se presentan en el distrito electoral donde reside. Los candidatos deben ser electores residentes en el distrito electoral para el cual se postulan.

Todos los ciudadanos italianos residentes en el exterior, que hayan cumplido los 18 años (para la elección de Diputados) y 25 años (para la elección de Senadores) y que estén inscriptos en el padrón electoral que el Ministerio del Interior actualiza en base a las inscripciones electorales realizadas por las Comunas, tienen derecho a votar. Por lo tanto es esencial que el ciudadano mantenga actualizados sus datos en el anagrafe consular.

Los ciudadanos italianos residentes en el exterior votan por correspondencia. Dentro de los 18 días anteriores a las elecciones, el Consulado envía a los electores un sobre que contiene:

  • el certificado electoral;
  • la/s boleta/s electoral/es (voto/s);
  • un sobre blanco pequeño donde poner las boletas votadas;
  • un sobre grande de respuesta postal paga con la dirección del Consulado (donde el elector debe poner el talón del certificado electoral y el sobre blanco cerrado con las boletas votadas);
  • las listas de candidatos;
  • una hoja explicativa sobre las modalidades del voto;
  • el texto de la Ley n. 459/2001.

El elector debe enviar los votos a la Oficina consular dentro de los 10 días anteriores a la fecha de las elecciones. Son válidos sólo aquellos que lleguen al Consulado antes de las 16 hs. del jueves anterior a las elecciones. El Consulado envía inmediatamente las boletas a Roma, donde se realiza el escrutinio junto a las boletas votadas en Italia.

Los electores que 14 días antes de las elecciones no hayan recibido en su domicilio el material electoral pueden solicitar un duplicado presentándose personalmente en el Consulado.

Las Representaciones diplomáticas realizan convenios con los Estados donde residen ciudadanos italianos para garantizar que el voto por correspondencia se ejerza en condiciones de igualdad, libertad y secreto y que no implique ningún tipo de perjuicios para los votantes. También el desarrollo de la campaña electoral está reglamentado de acuerdo a convenios con los Gobiernos extranjeros aunque éstos no son imprescindibles para el ejercicio del voto por correspondencia.

Mediante la “opción”, los ciudadanos italianos residentes en el exterior pueden elegir votar en Italia para los candidatos del distrito electoral nacional donde estén inscriptos. El elector que desea votar en Italia debe informarlo por escrito al Consulado antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones o, en caso de elecciones anticipadas, en un plazo no mayor a 10 días desde el llamado a elecciones. La opción tiene validez para una sola elección política o referéndum. El elector que elige votar en Italia no tiene derecho a reintegros por gastos de viajes.