Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Pasaportes Y Tarjetas de identidad

PASAPORTES

INFORMACIÓN PARA SOLICITAR LA EMISIÓN O LA RENOVACIÓN DEL PASAPORTE

Si tu pasaporte venció o está por vencer y lo necesitás para una fecha determinada, para estar seguro que no te vas a quedar sin tu pasaporte, te recomendamos que reserves tu turno con suficiente anticipación: 6 meses antes con respecto a la fecha de vencimiento del pasaporte o en la que necesités utilizar tu pasaporte nuevo.

El ciudadano que desee obtener su pasaporte debe estar regularmente inscripto en el Registro consular (A.I.R.E), tener actualizado su domicilio, el estado civil e hijos menores declarados, habiendo presentado con anterioridad las actas traducidas correspondientes. Para tal fin, se recomienda inscribirse y controlar los datos en el sistema FAST IT (ingresar en el siguiente link: https://serviziconsolari.esteri.it/ScoFE/index.sco).

IMPORTANTE: el pasaporte solamente puede ser renovado una vez vencido o dentro de los 6 meses próximos al vencimiento.

En casos de emergencia, podés contactar a la Oficina de Pasaportes al correo passaporti.cordoba@esteri.it.


CÓMO OBTENER UN TURNO

  • Registrarse y realizar la reserva en Prenot@mi.
  • Ciudadanos sólo italianos o mayores de 70 años: por correo electrónico a passaporti.cordoba@esteri.it.
  • IMPORTANTE: La habilitación de nuevos turnos se publica periódicamente en nuestras redes sociales.

PRECIO DEL PASAPORTE

Los pasaportes emitidos a partir del 8 de julio de 2014 tienen un costo de Euros 116 – correspondientes al costo del mismo de Euros 42,50 y a un único pago administrativo de Euros 73,50 debido solo a la emisión del pasaporte. Dicho pago se realiza en pesos argentinos.

Para verificar el importe a abonar y la modalidad de pago consultar el link «Costo Servicios Consulares» en la página principal.

EMISIÓN DEL PASAPORTE

El pasaporte es un documento de viaje y de identidad que es emitido:

  • En Italia por la “Questura” (Jefatura de Policía).
  • En el exterior por las Embajadas o Consulados.

Es válido para viajar en todos los países cuyos gobiernos son reconocidos por el Gobierno italiano y, a pedido del interesado, se puede extender su validez para aquellos países cuyos gobiernos no son reconocidos, indicando en el pasaporte el lugar de destino (Art. 2 de la Ley n. 1185/67).

En general, el pedido de emisión del pasaporte debe ser presentado ante la Oficina competente territorialmente en base a la residencia del solicitante, ya sea en Italia como en el exterior. Los ciudadanos italianos, de todos modos, pueden solicitar el pasaporte en cualquier oficina, en Italia o en el exterior, pero en este caso se deberá contar con una autorización previa por parte de la Oficina (Jefatura de Policía o Consulado) competente territorialmente por lugar de residencia. Por lo tanto, este trámite puede dilatar los tiempos de emisión del pasaporte.

TIPOS DE PASAPORTE

La normativa vigente establece 3 tipos diferentes de pasaporte:

  1. a) Pasaporte ordinario: documento/libreta de formato único de 48 páginas;
  2. b) Pasaporte temporario: documento/libreta de 16 páginas;
  3. c) Pasaporte grupal: emitido únicamente en Italia por las Jefaturas de Policía por motivos culturales, religiosos, deportivos o turísticos u otros motivos previstos por la normativa internacional.

El pasaporte ordinario es la nueva tipología de pasaporte electrónico que – desde el 26 de octubre de 2006 – remplazó los modelos anteriores y está realizado con tecnologías modernas como la impresión anti falsificación y un microprocesador que contiene los datos del titular y de la autoridad que lo ha emitido, los cuales ofrecen elevados estándares de seguridad.

La vigencia del pasaporte varía en base a la edad del titular:

  • Para los menores de 3 años, la duración es de 3 años;
  • Para los menores desde los 3 años hasta los 17 años, la duración es de 5 años;
  • Para los mayores de edad, la duración es de 10 años.

IMPORTANTE: DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA EMISIÓN DEL PASAPORTE

  • Presentar un documento de identidad válido (DNI) y una fotocopia;
  • Pasaporte italiano anterior en el caso de tener o, eventualmente,
    • Denuncia de extravío/robo;
  • 2 fotografías actuales iguales (fondo blanco, de frente, sin sonreír, a colores, formato 40 X 40 – ver ilustración más abajo);
  • Comprobante de pago impreso en papel por el valor del pasaporte (ver sección de “Costo Servicios Consulares).
  • En el caso de que el pasaporte sea para un menor de edad, se necesita el consentimiento de ambos progenitores, presentando los documentos de identidad y las fotocopias.

¿Qué es el consentimiento para la emisión del pasaporte?

El consentimiento es una declaración personal que autoriza la emisión del pasaporte en favor de hijos menores de edad. La persona que debe brindar el consentimiento debe presentarse personalmente ante el funcionario público el día establecido para el turno de pasaporte.

En el caso de ser ciudadano italiano o de la Unión Europea y no poder presentarse el día del turno, puede brindar su consentimiento presentando una declaración jurada (“autocertificazione”) y adjuntar una copia de un documento de identidad italiano o de la Unión europea válido y dicha copia debe estar firmada.

En todos los casos, la firma del progenitor que no es ciudadano europeo debe ser certificada por un Funcionario consular, y, por lo tanto, debe estar presente en el Consulado el día del turno. En el caso de que este, por motivos impostergables, no se pueda presentar el día del turno, se ruega contactar por mail la Oficina de pasaportes para notificar esta situación.

En el caso de fallecimiento de uno de los progenitores es necesario presentar el acta de defunción.

En la imposibilidad de obtener el consentimiento del otro progenitor, el Cónsul General, en su función de Juez Tutelar de menores residentes en la circunscripción puede en ciertos casos, y luego de las averiguaciones pertinentes, autorizar la emisión del pasaporte al solicitante mediante un Decreto Consular.

AUTORIZACIÓN DE VIAJE A MENOR CON ACOMPAÑANTE

Hasta el cumplimiento de los 14 años de edad, los menores italianos pueden expatriar a condición de que viajen acompañados por lo menos con uno de los progenitores o tutor, o que se mencione en su pasaporte o mediante una autorización de viaje, el nombre de la persona, del ente o de la compañía de transporte con las que viaja el menor. La autorización de viaje del menor con un acompañante debe ser firmada por los ejercientes de la responsabilidad parental y certificada por la autoridad competente (las Jefaturas de Policía en Italia, los Consulados en el exterior).

EMERGENCY TRAVEL DOCUMENT (E.T.D.)

En el caso de que un ciudadano italiano se encuentre en una situación de emergencia (por ejemplo, un turista en tránsito que extravió o al que le robaron su pasaporte) y no logre realizar el trámite de emisión de un nuevo pasaporte, el Consulado puede expedir un documento de viaje provisorio, denominado E.T.D. (Emergency Travel Document), válido únicamente para regresar a Italia, o al país de residencia extranjero, o en casos excepcionales, a un destino distinto.

Restitución de pasaportes encontrados en el exterior y devueltos a los Consulados italianos

Los pasaportes extraviados o robados, encontrados por las autoridades locales, son devueltos a los Consulados en cuya circunscripción se produjo el extravío o robo. Por lo tanto, se aconseja contactar la Oficina de pasaporte competente, para obtener más información en el caso del extravío o del robo de su pasaporte.

Los pasaportes que fueron encontrados y devueltos al Consulado pueden ser retirados por el interesado presentándose directamente ante la Oficina de pasaportes o pueden ser enviados por correo postal a domicilio (en este caso los costos del envío corren por cuenta del interesado).

Si transcurrido un año, el pasaporte no es reclamado por el interesado, el documento será destruido sin previo aviso.