La Oficina de Estado Civil registra todos los actos o hechos que modifiquen el estado civil de los ciudadanos italianos residentes en la Circunscripción consular, a saber: matrimonio, unión civil, nacimiento de hijos, reconocimiento de hijos menores, adopción, divorcio, defunción, etc.
Cuando esos hechos se producen en el exterior, la documentación correspondiente debe ser registrada en la Comuna competente para tener validez en Italia. Los ciudadanos italianos tienen por ley la obligación de comunicar tempestivamente (dentro de los 90 días) al Consulado toda variación de su estado civil y de la composición del propio núcleo familiar.
El registro de las actas y la actualización de los datos AIRE permitirán a los ciudadanos italianos beneficiarse de los servicios consulares, obtener certificados o documentos tanto de la Comuna como de la Oficina consular como también ejercer el derecho al voto en el exterior.
Además, la Oficina de Estado Civil del Consulado se ocupa de:
- transmisión de sentencias de adopción;
- publicaciones de matrimonio;
- celebración del matrimonio consular;
- cambio del nombre o del apellido.
PRESENTACIÓN DE ACTAS DE ESTADO CIVIL
La presentación de las solicitudes, por parte de ciudadanos italianos inscriptos en el registro consular, para la transmisión de actas de Estado Civil a las Comunas italianas se realiza única y exclusivamente a través del portal Fast It, sección «Atti di Stato Civile«. Para poder acceder a dicha sección es necesario estar registrado y haber obtenido previamente la activación de la propia cuenta.
A través de esa sección, es posible presentar los siguientes documentos:
- actas de nacimiento de hijos menores;
- actas de reconocimiento de hijos menores;
- actas de matrimonioactas de defunción;
- sentencias de divorcio;
- sentencias de adopción de hijos menores.
Se puede consultar online el Manual Fast It Estado civilcon las indicaciones para la presentación de las actas a través del portal.
La presentación de las actas de estado civil deberá estar siempre acompañada del Modulo di richiesta di trascrizione y una copia del DNI de todos los miembros del núcleo familiar, con domicilio actualizado.
Por otros trámites inherentes al Estado Civil (matrimonios consulares, convivencias de hecho, cambio del nombre o del apellido, etc.), es necesario escribir a la siguiente dirección de correo electrónico: statocivile.cordoba@esteri.it
Únicamente en lo que respecta la presentación de actas de defunción de un ciudadano italiano inscripto en este Consulado por parte de un familiar/pariente extranjero (no italiano), es posible contactar directamente la Oficina por e-mail y coordinar la modalidad de entrega.
REQUISITOS DE LAS ACTAS DE ESTADO CIVIL
Las actas deben ser originales («partidas», no certificados, ni transcripciones) expedidas por la Oficina del Registro Civil competente y traducidas directamente al idioma italiano.
En caso de actas provenientes de archivos digitales (CIDI, Sistema GEDO, PReCivil, etc.), estas deben estar certificadas, legalizadas y firmadas digitalmente. La traducción deberá especificar que se trata de un documento digital y contener los medios para su validación. (Ver Modelo en Anexo I en Manual Fast It Estado Civill).
No se aceptan certificados bilingües expedidos por el Registro Civil en cuanto no son copias integrales.
En virtud del acuerdo bilateral sobre el intercambio de actas entre Italia y Argentina, las actas emitidas por el Registro Civil argentino a partir del 01/07/1990 están exentas de la legalización «Apostille de la Haya«.
ACTAS DE NACIMIENTO
El acta de nacimiento de un menor de edad debe ser presentada por el progenitor italiano y debe cumplir con los requisitos antes detallados, es decir, estar legalizada y traducida al italiano. El ciudadano deberá además adjuntar copia de los DNI del menor y de ambos progenitores (independientemente de que estén casados o solteros y de que el otro progenitor sea ciudadano italiano).
En caso de que los padres del menor no sean convivientes entre ellos (domicilios en el DNI no coincidentes), la solicitud deberá estar siempre acompañada del consentimiento para la inscripción del menor por parte del otro progenitor, es decir, del progenitor que NO realiza la presentación. El consentimiento consiste en un formulario que debe ser completado y firmado ante Escribano Público.
En caso de que el progenitor que NO realiza la presentación sea también ciudadano italiano, el consentimiento puede ser firmado sin necesidad de certificación ante Escribano Público.
El consentimiento debe ser presentado mediante el Portal Fast It conjuntamente con el envío de la documentación del menor.
RECONOCIMIENTO DE HIJOS NATURALES (MENORES)
Para la inscripción de hijos menores naturales reconocidos con posterioridad al nacimiento, el ciudadano italiano debe presentar:
- acta de nacimiento original con la correspondiente anotación marginal referida al reconocimiento administrativo/judicial de paternidad o maternidad;
- acta administrativa del reconocimiento paterno/materno o sentencia judicial de filiación;
- certificado de nacimiento expedido por la Municipalidad de la localidad en la que está inscripta el acta.
Todos los documentos deberán estar traducidos íntegramente al italiano.
El otro progenitor, es decir, quien no realizó el reconocimiento, debe dar el consentimiento a dicho reconocimiento. El menor reconocido, si ya cumplió los 14 años, debe también dar su consentimiento.
ADOPCIÓN DE MENORES
En caso de adopción de un menor por parte de un ciudadano italiano, la documentación que debe ser presentada es la siguiente:
- Acta de nacimiento con los nombres de los padres biológicos;
- Acta de nacimiento con los nombres de los padres adoptivos;
- Sentencia de adopción completa en original legalizada por el Juzgado competente y apostillada.
Toda la documentación deberá estar traducida al italiano. Se debe presenta también original y copia del DNI del menor (si es residente en Argentina) y original y copia del DNI de ambos progenitores, con domicilios actualizados.
ACTAS DE MATRIMONIO Y SENTENCIAS DE DIVORCIO
Las actas de matrimonio de ciudadanos italianos vivos deben ser emitidas dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la documentación ante el Consulado.
En caso de divorcio, es necesario presentar la sentencia de divorcio y el acta de matrimonio con la anotación marginal en la conste los datos correspondientes a dicha sentencia.
La sentencia de divorcio debe ser autenticada por el Tribunal competente, legalizada por el Superior Tribunal de Justicia en el caso de Córdoba, o por los Tribunales competentes de cada Provincia y contener la Apostilla de La Haya.
CONTROL DE DATOS EN ACTAS Y TRADUCCIONES
Antes de presentar las actas se sugiere verificar la exactitud de los datos contenidos en ellas (en particular, nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento de los nombrados); como también controlar las traducciones. Desde el siguiente link: Modulo controllo atti es posible descargar un formulario, útil instrumento de control, que facilita dicha verificación. En caso de error en el documento original, será necesario solicitar la rectificación administrativa por parte de la institución emisora. En el caso de error en la traducción, será necesario solicitar una nueva traducción.
UNIONES CIVILES Y CONVIVENCIAS DE HECHO
Desde el 29/07/2016, es posible solicitar la inscripción de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en la República Argentina, en virtud de la ley n.76 del 20 de mayo de 2016, en los registros provisorios de las uniones civiles instituidos en las Comunas Italianas.
El ciudadano italiano que haya contraído matrimonio con una persona del mismo sexo en otro Estado, conforme a la ley local, incluso antes de la entrada en vigencia de la ley 76/2016, tiene la obligación de informarlo a la sede Consular competente por residencia.
La ley n. 76 del 20 de mayo de 2016 regula también las convivencias de hecho como nueva institución, la cual prevé algunos derechos y facultades, lo que implica demostrar a todos los efectos la efectiva y estable convivencia, como también la existencia de verdaderos lazos afectivos y estables como pareja.
- Para visitar la sección dedicada al Estado Civil del sitio web institucional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional, clic aquí.
- Para consultar las referencias normativas de la Oficina de Estado Civil, clic aquí.
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